Reputación digital
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¿Qué hacer cuando la competencia deja reseñas falsas negativas?

Faro · Inteligencia de reputación · 2026-06-09

Reseñas falsas negativas como práctica de competencia desleal: marco conceptual

Las reseñas falsas negativas —también denominadas astroturfing inverso o review bombing coordinado— consisten en la publicación deliberada y malintencionada de valoraciones en plataformas digitales (Google Business Profile, TripAdvisor, Yelp, App Store, entre otras) con el propósito de deteriorar la reputación comercial de un competidor. Desde la perspectiva del derecho mercantil y la regulación de competencia económica, esta conducta configura un supuesto de competencia desleal, entendida como todo acto contrario a los usos honestos en materia industrial o comercial que cause o pueda causar perjuicio a otro agente económico.

El fenómeno no es trivial: estudios de comportamiento del consumidor digital documentan que entre el 79 % y el 91 % de los usuarios consulta reseñas en línea antes de tomar una decisión de compra, lo que convierte la reputación digital en un activo intangible de alto valor estratégico. Su afectación deliberada tiene consecuencias económicas medibles y, en consecuencia, consecuencias jurídicas.

Marco legal aplicable en México

Tres cuerpos normativos convergen en este supuesto:

1. Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI, 2020). Esta ley, que sustituyó a la Ley de la Propiedad Industrial, tipifica expresamente la competencia desleal conforme a la legislación vigente. En la práctica, la conducta de publicar reseñas falsas para denigrar a un competidor puede encuadrar en los supuestos de actos de denigración comercial: difundir afirmaciones falsas sobre un competidor que causen o puedan causar pérdida de clientes o daño a su imagen. El titular afectado puede iniciar un procedimiento de infracción ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), quien tiene facultades para imponer sanciones administrativas y ordenar medidas cautelares.

2. Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC). La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) tiene atribuciones para investigar y sancionar prácticas comerciales engañosas, incluyendo aquellas que distorsionan la información disponible para el consumidor en medios digitales. Conforme a la legislación vigente, la publicación de opiniones falsas patrocinadas o coordinadas puede constituir publicidad engañosa, dado que induce a error sobre las características o calidad de los servicios de un proveedor.

3. Código Penal Federal (CPF). Cuando la reseña falsa imputa hechos que el autor sabe que son mentira y que causan un perjuicio a la honra, dignidad o intereses de una persona física o moral, la conducta puede configurar difamación o calumnia conforme a la legislación penal vigente. Esta vía requiere identificar al autor, lo que exige medidas adicionales de obtención de evidencia.

Protocolo de respuesta: pasos accionables

Ante la detección de reseñas falsas negativas de origen competidor, el protocolo recomendado integra cuatro fases: documentación, impugnación en plataforma, acción legal y gestión reputacional activa.

La identificación del autor: el papel de los datos personales

Un obstáculo frecuente es el anonimato o el uso de perfiles falsos. En este punto, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) y los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) entran en juego de forma indirecta: la plataforma que aloja la reseña es un responsable del tratamiento de los datos del publicante. Una orden judicial o administrativa puede compeler a la plataforma a revelar los metadatos asociados al perfil (dirección IP, correo electrónico de registro), siempre que medie solicitud fundada en procedimiento legal. Sin esa base jurídica, la LFPDPPP protegería los datos del propio infractor frente a terceros —lo que subraya la importancia de activar primero la vía formal.

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Referencias

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